Ley de Cannabis Medicinal

Más derechos, menos riesgos

Por Ariel Parajon, Sofía Perini
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La nueva ley implementada por el gobierno que garantiza el acceso a derivados de la planta de Cannabis para pacientes con distintos padecimientos, implica una importante ampliación de derechos. Al mismo tiempo, representa un paso más que da el Estado para ir abandonando la mirada punitivista y estigmatizadora hacia les cultivadores y consumidores. ¿Qué nuevos debates puede suscitar la nueva reglamentación? ¿Alcanza con esta nueva legislación?

¿Qué fue lo que pasó ayer?

Ayer nos despertamos con muchos mensajes en nuestras redes sociales, teléfonos y grupos de WhatsApp. Amigues, familiares y compañeres festejando una noticia sin entender muy bien qué significaba en concreto, pero con la sensación de que era algo positivo. Parece raro pero no lo es. Lo que pasa es que en el mundo de las drogas- si une no se mete a estudiarlo en profundidad- lo que aparece en la superficie se encuentra todo mezclado. “Es una trama compleja”, solemos decir quienes militamos la temática. Desde lejos no se ve. Pero acerquémonos un poco. 

¿Qué es lo que festejamos? Festejamos que el Gobierno Nacional, con la firma de nuestro presidente Alberto Fernandez, publicó en el Boletín Oficial la nueva reglamentación de la ley 27.350, más conocida como Ley de Cannabis Medicinal. En el marco del denominado “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta De Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales”- creado bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación- se prevé brindar, a través del Estado y de manera gratuita, derivados de la planta de Cannabis para pacientes con prescripción médica.

¿Por qué festejamos? Porque es un paso fundamental en el proceso de terminar con la criminalización y estigmatización de cultivadores solidaries y pacientes que usan dicha sustancia- ya sea en cremas, aceites o hierba fumada- para diversos padecimientos. 

Al día de hoy, recordemos,  la mayoría de estos cultivadores y usuaries se encuentran en la ilegalidad o prácticamente excluides de la reglamentación anterior, producto de la ley hueca que había promulgado el macrismo en 2017. Vale recordar que, gracias a la lucha de diversas organizaciones vinculadas con el uso de cannabis medicinal, durante la gestión macrista, se llevó adelante la sanción de la Ley de Cannabis Medicinal. Sin embargo, la reglamentación de dicho marco normativo habilitaba el uso de aceites únicamente para tratamientos de epilepsia refractaria. Asimismo, el acceso al producto era muy complejo y costoso. En cambio, la actual re-reglamentación no circunscribe la lista de patologías habilitadas para el tratamiento con cannabis.

La nueva reglamentación, según se desprende del decreto presidencial, habilita: 1) el autocultivo y/o el cultivo en red o comunitario para fines medicinales, procurando tener un registro de las personas que tengan prescripción médica para utilizar productos derivados de la planta ancestral; 2) la venta por parte de las farmacias de productos y preparados magistrales; 3) la producción pública y privada con fines terapéuticos y paliativos mediante laboratorios nucleados en ANLAP (Agencia Nacional de Laboratorios Públicos), buscando promover la investigación científica vía CONICET, Universidades y otras instituciones académicas y científicas, entre sus aspectos más relevantes.

Antes del momento de los balances, dos innovaciones a destacar. En primer lugar, la creación del “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN). Esta entidad tendrá a su cargo la tarea de emitir los permisos necesarios para habilitar los cultivos con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos. Los sujetos que podrán registrarse son tanto pacientes, como familiares, un tercero o una ONG, siempre que tengan la prescripción médica que avale el tratamiento. En segundo lugar, la nueva normativa garantiza que se provea el tratamiento de cannabis de forma gratuita a personas que no cuenten con cobertura de salud ni obra social. Esto constituye, indudablemente, un paso crucial hacia la garantía de la accesibilidad al derecho a la salud. 

Ahora sí. A modo de balance preliminar, resulta fundamental rescatar el cambio de perspectiva que adopta el Estado Nacional. El viraje de una mirada punitiva hacia una regulacionista constituye una apuesta hacia la construcción de la soberanía sanitaria. El horizonte es claro: la ampliación y restitución de derechos. 

¿Listo? ¿Ganamos?

Muches se preguntarán si ya se pueden fumar un porro tranquiles con sus amigues sin que nadie los juzgue o los persiga. La respuesta- lamentablemente- es que todavía no. Esta nueva regulación se circunscribe al plano de la salud y de los tratamientos con prescripción médica. Para abordar la dimensión recreativa, lúdica o de gestión del placer, todavía falta un poquito más. Sin embargo, es preciso señalar que este debate ya se está dando en distintos ámbitos políticos, legislativos, académicos, jurídicos y de la sociedad civil. 

Foto: ANCCOM

Pero, entonces, ¿por qué es un gran paso esta re-reglamentación para el debate sobre el mundo de las drogas? Por un lado, en el plano normativo, legaliza una porción cada vez más creciente de usuaries y cultivadores que actualmente se encuentran en la clandestinidad, con causas judiciales, o detenides bajo la ley penal de estupefacientes 23.727 que, lamentablemente, sigue vigente. Más concretamente, afianza la relación entre las organizaciones de la sociedad civil y el Estado vía Ministerio de Salud, demostrando que dicha relación no tiene que ser- inevitablemente- de persecución y criminalización. En criollo: abre la posibilidad para pensar nuevos horizontes posibles en materia de uso de sustancias. Por otro lado, en el plano económico, abre una perspectiva para que Argentina se ubique como un importante país productor y exportador de cannabis. Por condiciones climáticas y extensión territorial, para un gobierno necesitado de divisas, ésta también puede ser una oportunidad de abrir nuevos mercados. Dicho aspecto es positivo siempre y cuando exista un Estado presente que regule el mercado. Claro, nada nuevo bajo el sol.

Hacia una alternativa a la punición y la estigmatización

Ante todo, la noticia de ayer es una victoria en términos democráticos y de ampliación de derechos. Es, a todas las luces, un aporte para dar la batalla cultural y asentar las bases de una discursividad que se aparte del mensaje centrado en la “lucha contra las drogas” alimentado por una mirada belicosa, que -en la figura de Bullrich- supo encontrar momentos realmente patéticos en la gestión estatal del Ministerio de Seguridad entre el 2015 y 2019. Sobran los ejemplos, pero desde la detención de una pareja de adultes mayores en enero del año pasado que producían aceites de carácter medicinal, hasta el desmedido gasto que esta “guerra” supone, donde sólo entre los años 2016 y 2018 se desembolsaron aproximadamente más de 40 millones de dólares por año, todo prueba que -más allá de los efectos discursivos y simbólicos- poco resolvió “la guerra contra el narcotráfico”.

Lo acontecido en el día de ayer significa, entonces, que la Argentina comienza -con un pequeño pero significativo paso- el camino necesario para empezar a separar a consumidores, usuaries y cultivadores de la criminalización y la aplicación del código penal. Transitar otro camino posible era urgente. Les cultivadores, principalmente, se veían absorbidos por el sistema penal a través de allanamientos arbitrarios ejecutados por las fuerzas de seguridad. Allí se encuentra el componente punitivista en su máxima expresión. En este sentido, resulta necesario exigir que la autorización emitida por el REPROCANN inhabilite la realización de dichos procedimientos de ahora en adelante. Si de lo que se trata es, realmente, de ampliar derechos, entonces lo preciso es acompañar, cuidar y asistir a las personas que padecen patologías y dolencias. El castigo, la persecución y la estigmatización a quienes intentan brindar y transitar caminos alternativos no puede ser, en esta clave, nunca la solución. Asimismo, es importante sumar algunas claves para pensar el decreto desde una perspectiva de género. Esto es, entender que son principalmente las mujeres y disidencias las que quedan a cargo de tareas del cuidado y en quienes recae la persecusión y criminalización.  En un Estado que procure crear nuevos consensos de bienestar, es fundamental el desarrollo de políticas públicas que aborden el derecho a ser cuidades.

En definitiva, ojalá estemos ante el puntapié para empezar a pensar, quizás, que no todo consumo es problemático. Más aún, la nueva normativa nos invita a repensar a qué llamamos “uso terapéutico”: ¿puede ser acaso ligado a lo recreativo?, ¿Puede acaso pensarse el placer como terapéutico? En conclusión, lo que esta normativa genera es la apertura a la discusión sobre los distintos tipos de consumo, de cannabis en particular, pero de cualquier sustancia psicoactiva en general.  Una invitación, sin dudas, a que imaginemos nuevos horizontes posibles alejados de la punición y estigmatización.

Fecha de publicación:
Etiquetas: Argentina
Sofía Perini

Hincha de Talleres de Remedios de Escalada y eterna estudiante de comunicación. A Cristina la quiero más que a mi vieja.

Ariel Parajon

Licenciado en Ciencia Política (UBA) especializado en Política de Drogas. Docente de “Geopolítica de las Drogas – Marcos normativos y paradigmas en debate” (Derecho – UBA). Coordinador del Colectivo de Reflexión sobre los Consumos.